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Delegado de protección de datos

La figura del Delegado de Protección de Datos

El Reglamento General de Protección de Datos (R.G.P.D.), así como su transposición al ordenamiento jurídico español denominada Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantías Digitales (L.O.P.D.G.D.D.), establecen la obligatoriedad de designar Delegado de Protección de Datos en Administraciones Publicas y algunos tipos de empresas.

La designación de esta figura es obligatorio comunicarla a la Autoridad de Control en un plazo determinado, existiendo un listado publico donde poder verificar si el ente tiene designado D.P.D.

Funciones del Delegado de Protección de Datos

La figura del Delegado de Protección de Datos contempla múltiples funciones, todas ellas están recogidas en el Art. 39 del RGPD. Una de las más relevantes consiste en servir de conexión y cooperador con las autoridades de control como la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), encargada de examinar el cumplimiento de las normativas de protección de datos en las organizaciones y de establecer sanciones en caso oportuno. Además, el DPD también se encarga de atender a los titulares de los datos en el ejercicio de sus derechos entre otras.

Informar y asesorar al Responsable de Tratamiento

Y/o al Encargado de Tratamiento y a los empleados, de las obligaciones que les incumben en todo lo relacionado con la implantación de políticas de Protección de Datos.

Supervisión del cumplimiento normativo

Las organizaciones se sumergen constantemente en nuevos proyectos, nuevos servicios y nuevos comportamientos. En este sentido, las tareas del delegado de protección de datos consisten en supervisar que el tratamiento de los datos dentro de esos nuevos proyectos, servicios o comportamientos se realiza conforme a lo establecido tanto en el R.G.P.D. como en la L.O.P.D.G.D.D.

Función consultiva

Dados los cambios que plantean, las nuevas normativas de protección de datos generan muchas dudas en las empresas, en los directivos y en los trabajadores.

De ahí que el Delegado de Protección de Datos ponga sus conocimientos avanzados al servicio de la resolución de esas dudas.

Siempre preparado para ayudar.

Cooperación y consulta a la AEPD

La AEPD es la máxima autoridad en España en materia de protección de datos, vela por el cumplimiento de la privacidad y además tiene la potestad de imponer sanciones, algunas de ellas, económicas,, pudiendo alcanzar la cantidad de 20 Millones de euros o el 4% de la facturación global de la empresa.

El Delegado de Protección de Datos es una figura de «defensa» ya que en virtud del principio de responsabilidad proactiva, solo el hecho de tener designado un DPD voluntariamente, es suficiente para que las sanciones queden reducidas de una forma contundente (dándose casos en los que se redujo solo a una amonestación por escrito).

Existe en la Agencia Española de Protección de Datos el denominado Canal del DPD, su finalidad es atender las consultas planteadas a la AEPD por los Delegados de Protección de Datos.

Gestión de peticiones

Los titulares de los datos personales tienen derechos como el derecho de acceso, el derecho de rectificación, el derecho de cancelación, el derecho de oposición, el derecho de portabilidad o el derecho de olvido, etc.

El delegado de protección de datos es el encargado de atender a las peticiones de los usuarios acerca de esos mismos derechos.

Además en caso de queja, intermediara entre la empresa y el cliente sin necesidad de acudir a la Autoridad de Control.

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Beneficios de contratar un Delegado de Protección de Datos

Con la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (R.G.P.D.), se pasa de un cumplimiento reactivo a un cumplimiento proactivo, siendo el nombramiento del Delegado de Protección de Datos uno de los elementos más importantes del cumplimiento por parte de una empresa.

Una de las funciones del Delegado es cooperar y ser el punto de contacto con las Autoridades de Control, también lo será entre la empresa y los interesados a la hora del tratamiento de los datos y responder al ejercicio de los derechos; siendo una buena ayuda para defenderte en caso de recibir una denuncia.

Evitar elevadas sanciones económicas.  Ante posibles sanciones, disponer de un DPO será un atenuante muy importante para demostrar y defender la responsabilidad de tu empresa.

Solucionar brechas de seguridad. Si tu empresa tiene un incidente con la seguridad de los datos, el DPD te permitirá actuar de forma rápida, aclarar los hechos, informar a las autoridades supervisoras y corregir el error.

Medida de Responsabilidad Proactiva. Nombrar un DPD es una garantía del correcto cumplimiento, este extra en nuestra empresa es muy apreciado por la Autoridad de Control y será un paliativo ante posibles sanciones, demostrando y defendiendo la responsabilidad de la empresa.

Mejora la imagen empresarial. Contar con un Delegado de Protección de Datos dispara valores de compromiso, transparencia y ética profesional.

Aumenta la confianza de tus clientes. Este profesional supone un esfuerzo económico para la empresa y por consiguiente un refuerzo para la seguridad de los datos e información de la organización, transmitiendo tranquilidad a clientes, proveedores y colaboradores.

En definitiva ¿Es obligatorio contratar un D.P.D.?

Existen muchas circunstancias en las que la contratación de un D.P.D. es completamente obligatorio. Sin embargo, y aunque en otras ocasiones no lo es, su presencia siempre es muy recomendable por todos los beneficios mencionados anteriormente. En cualquier caso, y si tienes dudas acerca de si debes contratar un profesional de estas características para tu empresa, consultanos y te ayudaremos a decidirlo.

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